¿Tasa escolar escalonada o verdadero impuesto escolar?

Karl Furtmüller

Cuando la vieja Austria, en medio del inmenso despilfarro de valores de la guerra, sintió la necesidad de hacer «economías» en la administración civil, la enseñanza superior1 le pareció un campo especialmente agradecido para ello y, pese al rápido encarecimiento de la vida, se dieron fuertes tijeretazos a las ya de por sí mezquinas partidas presupuestarias destinadas a las necesidades materiales de las escuelas medias y superiores. La penuria financiera de nuestro nuevo Estado hace que sea un problema casi insoluble volver aquí —en lo material, no en la expresión monetaria— al nivel de antes de la guerra. Pero, por otra parte, la reforma escolar, que no es solo una exigencia de la cultura, sino una necesidad vital para nuestro pueblo, exige un desarrollo rico y variado de nuestra enseñanza superior y presupone, por tanto, que la república democrática, a pesar de su pobreza, aporte para estos fines mucho más de lo que aportó jamás la monarquía militarista. El artículo del camarada Edelmann, «¿Tasa escolar o impuesto escolar progresivo?»,2 toca, pues, realmente la cuestión central de la reforma escolar. Con todo, me parece que la solución que propone es tan poco productiva desde el punto de vista financiero como discutible en sus principios.

Edelmann quiere sustituir la actual tasa escolar fija (Schulgeld), con la posibilidad de exención total o media, por una tasa escalonada (gleitendes Schulgeld), graduada según los ingresos de los padres3. Es sin duda un progreso, en la medida en que desaparecería el humillante trámite de pedir la exención de la tasa y cesaría la injusticia de que el alumno pobre tenga que cumplir requisitos que el acomodado puede pasar por alto. Pero sería una ilusión creer que la tasa escalonada podría estar libre de durezas sociales. La estructura de ingresos de nuestra población nos obliga —acabamos de verlo, para nuestro pesar, con el impuesto vienés sobre el gasto de alquiler (Mietaufwandsteuer)—, si no queremos privar de antemano a un tributo de su rendimiento financiero, a hacer contribuir también a capas a las que cualquier carga nueva afecta del modo más sensible. Que cien coronas «no sean ya una cantidad» es un pobre consuelo. Pues con la depreciación del dinero ha crecido también nuestra pobreza, y una familia con muchos hijos, aun con unos ingresos monetarios bastante considerables, tiene que arañar esas cien coronas de las necesidades vitales más imprescindibles. Así subsistiría el privilegio de la educación en su forma más cruda, a saber, que la enseñanza superior solo sea accesible al que carece de medios a costa de sensibles sacrificios materiales.

¿Y el rendimiento financiero? Si se piensa que en las escuelas medias de Viena una tasa escolar de mil coronas, suprimiendo toda exención, no bastaría ni de lejos para cubrir siquiera los sueldos de los profesores, se comprende la desproporción que forzosamente habrá entre el resultado de una reforma de la tasa escolar y los costes reales de la enseñanza. Edelmann mismo es en este punto bastante pesimista y se daría por satisfecho con asombrosamente poco. Que ahora a menudo no tengamos medios para reparar los mapas y los relojes muestra bien toda nuestra miseria. Pero no queremos solo arreglar mapas, sino dar una base material a la reforma escolar.

¡Y por un resultado tan insuficiente habríamos de arrinconar una de nuestras reivindicaciones programáticas, y precisamente una tan estrechamente ligada a nuestra conciencia socialista como la de la gratuidad de la enseñanza en las escuelas de todas las categorías! Por lo demás, la enseñanza completamente gratuita estaría todavía muy lejos de ser un «ideal». El privilegio de la educación de los poseedores está anclado mucho más hondo, económica y socialmente, y el carácter oneroso de la enseñanza no hace más que agudizarlo artificialmente. La gratuidad de la enseñanza significa, por tanto, el primer hachazo contra el viejo privilegio. Este primer paso no podemos, naturalmente, aplazarlo «mientras vivamos en el orden económico capitalista»; la gratuidad de la enseñanza figuraba ya en Hainfeld4 entre nuestras reivindicaciones inmediatas; hace mucho que dejó de ser una mera reivindicación de nuestro partido, pues gracias a nuestro trabajo de propaganda ha conquistado amplios círculos también fuera de nuestras filas, por ejemplo a todo el profesorado, tanto de las escuelas populares y cívicas5 como de las escuelas medias.

Es cierto que nadie querrá suprimir la tasa escolar y los derechos de matrícula universitaria (Kollegiengeld) sin poner otra cosa en su lugar. Por una parte, nuestro Estado, en su situación actual, no puede renunciar a un ingreso existente, por insuficiente que sea; por otra, interesaría a la reforma escolar y, en general, al fortalecimiento de nuestra enseñanza que nuestra administración de la enseñanza dispusiera de ingresos propios y no dependiera, para cada pequeño paso, de negociaciones con Hacienda. La indicación de una solución financieramente viable y acorde con nuestros principios la da el camarada Edelmann cuando opone a la tasa escolar el impuesto escolar. Sin embargo, no ha mantenido en su exposición la neta contraposición de ambos conceptos que hace en el título, y en consecuencia la idea del impuesto escolar desaparece por el escotillón. Pues la tasa escalonada de Edelmann no se convierte en impuesto escolar por llamarla así, ni tampoco por el hecho de que, al parecer, quiera confiar su recaudación a las oficinas de Hacienda. A la esencia del impuesto pertenece que constituya una contribución al gasto público sin que al contribuyente individual se le conceda una contraprestación individual, mientras que en la tasa escolar prestación y contraprestación se corresponden una a una. Verdaderos impuestos escolares los tenemos desde hace mucho en los recargos municipales (Gemeindeumlagen) para cubrir el gasto de las escuelas populares, y este ejemplo nos muestra que los impuestos escolares son, histórica y conceptualmente, la expresión técnico-financiera de la gratuidad de la enseñanza, mientras que con la tasa escolar, adopte la forma que adopte, se mantiene el carácter oneroso con todos sus defectos.

Estos defectos no existen solo desde el punto de vista de clase del proletariado, sino que son en parte de naturaleza completamente general. Ya por el hecho de concentrar la carga del individuo en los años en que sus hijos asisten a escuelas sujetas a tasa, mientras que el impuesto la reparte en un periodo mucho más largo, la tasa escolar resulta poco práctica. Mucho más importante es, sin embargo, el punto de vista de la política de población. Es tan inadecuado como injusto que a quienes, por el cuidado de la crianza y educación de los hijos, realizan ya de por sí una prestación adicional a la colectividad frente a los que no tienen hijos, se les imponga además artificialmente, mediante la tasa escolar, una carga adicional. Aquí hay que volver directamente las tornas. Quien no tiene que mantener hijos tiene, a igualdad de ingresos, una capacidad contributiva muy superior a la del padre o la madre de niños en edad escolar, y debe al menos participar, mediante un impuesto escolar abundantemente aumentado, en la asistencia a la generación venidera. Por último, a la idea de la escuela unificada (Einheitsschule) corresponde que también la base financiera de toda la enseñanza se ordene según principios unitarios.

A todas estas consideraciones se atendería si la cobertura del gasto de toda la enseñanza, desde los jardines de infancia públicos hasta la universidad, se fundara en impuestos escolares generales que habrían de ser escalonados en un doble sentido: primero, fuertemente progresivos según los ingresos; pero además, las personas que no tienen la obligación de mantener a un hijo habrían de pagar un recargo muy considerable, mientras que a las familias numerosas se les concedería la correspondiente rebaja de la cuota básica.

De este modo llegaríamos a un impuesto sano para la educación popular, mientras que la tasa escolar, en cualquiera de sus formas, representa un impuesto sobre la adquisición de educación. Habríamos asentado nuestra enseñanza sobre una base financiera sana, que le permitiría un desarrollo sin trabas, y demostrado con un acto resuelto que, en medio de todas las penurias del presente, estamos dispuestos a asegurar en cualquier circunstancia nuestro futuro cultural y, con él, nuestro futuro material. La extensión del impuesto podría determinarse de distintas maneras: de modo restrictivo, cubriendo con él solo determinadas partes del presupuesto escolar y otras, como hasta ahora, con los ingresos generales del Estado o de los Länder; o de modo amplio, calculándolo de forma que con él puedan sufragarse también los costes de una asistencia a la juventud de gran alcance, con lo que el impuesto escolar específico se ampliaría hasta convertirse en un impuesto general para la juventud. Como una asistencia a la juventud completa y eficaz es condición necesaria del éxito de la reforma escolar, habría que aspirar a este último caso.

Una palabra todavía sobre las escuelas privadas. El camarada Edelmann supone con razón que la reforma de la tasa escolar que propugna podría favorecer la salida de hijos de la burguesía de las escuelas del Estado hacia escuelas privadas, pero se conforma con esta posibilidad con sorprendente facilidad. Esas escuelas privadas serían, por su propia naturaleza, puras escuelas de clase de la burguesía, y en el momento en que queremos atacar de frente el carácter de clase de la enseñanza, debemos, como es natural, procurar el desmantelamiento, no la ampliación, de tales formaciones particulares. Los efectos del sistema de escuelas privadas podemos estudiarlos en el terreno de las escuelas medias femeninas, que hasta ahora son exclusivamente centros privados. Allí se ve que las escuelas privadas no son una fuente fecunda de impuestos para el Estado, ni su desarrollo interesa a los profesores privados explotados. Apenas hay un campo del trabajo femenino, intelectual o manual, en el que hoy se paguen todavía salarios de hambre tan indignantes. ¡Una profesora de liceo6 con dedicación completa apenas llega en Viena, por término medio, a un sueldo mensual de 400 coronas! Ante este escándalo, el Estado ha tenido que decidirse a socorrer a las profesoras de las escuelas medias privadas con reconocimiento oficial (Oeffentlichkeitsrecht) con unas ayudas económicas, por cierto muy escasas. Solo la estatalización de la enseñanza superior femenina puede sanear esta situación. Este paso, debido desde hace mucho y sencillamente evidente bajo el signo de la reforma escolar, lo han impedido hasta ahora las dificultades presupuestarias. También aquí el impuesto escolar abriría el camino.


Fuente: traducción de la transcripción del archivo (véase la versión original), hecha a partir del facsímil de Der Kampf. Sozialdemokratische Monatsschrift (Viena), año 13 (1920), cuaderno 1 (enero), págs. 37-39, en ANNO, Österreichische Nationalbibliothek (aid=dks, 1920). Firmado «Karl Furtmüller». Los comentarios S. n del código marcan el comienzo de cada página impresa del original.

Traducción: traducción íntegra al español hecha para la Escuela Libre de Psicología Adleriana (2026). Se conservan las cursivas (que reproducen el espaciado del original), la nota del autor y la división en párrafos; las monedas se dejan sin convertir (Kr. = coronas). Los términos de la administración escolar austriaca se dan la primera vez en alemán, en cursiva, y se explican en notas del traductor; las equivalencias fijas se recogen en el glosario del archivo. Las adiciones del traductor van entre corchetes.

  1. Das höhere Bildungswesen: la enseñanza que sigue a la escuela popular, es decir, las escuelas medias (secundaria de 10 a 18 años: Gymnasium, Realschule, etc.) y las escuelas superiores (universidades y escuelas técnicas). Se traduce «enseñanza superior», y Mittelschule «escuela media». (N. del T.) ↩

  2. Artículo publicado poco antes en el mismo Der Kampf. (N. del T.) ↩

  3. Que la Oficina de Instrucción planee un escalonamiento de la tasa escolar no tiene nada que ver con la cuestión de principio. Se trata evidentemente de una medida de emergencia momentánea, ya que son imposibles los cambios a fondo mientras la nueva Constitución no delimite definitivamente las competencias del Estado y de los Länder. ↩

  4. Congreso de unificación de la socialdemocracia austriaca en Hainfeld (Baja Austria), 1888-1889, cuyo programa incluía la escuela laica, obligatoria y gratuita. (N. del T.) ↩

  5. Bürgerschule: escuela de tres cursos que seguía a los cinco primeros de la escuela popular (de 11 a 14 años); desde 1927, Hauptschule. (N. del T.) ↩

  6. Lyzeum: escuela media femenina de seis cursos, que en Austria no daba acceso directo a la universidad. (N. del T.) ↩